Despacho contable y fiscalDistribuidor CONTPAQi
Autlán de Navarro, Jalisco317 102 0185
Calculadora gratis · 2026

¿Cuánto ISR pago en RESICO?

ISR mensual estimado en el Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas.

Sin registro, sin correo y sin guardar nada de lo que escribas.

Escribe tus datos arriba y el resultado aparece aquí solo.

No guardamos nada de lo que escribas.

Esto es una estimación, no un cálculo definitivo

No es asesoría fiscal, contable ni legal. Está hecha con las disposiciones vigentes a la fecha indicada y con los datos que capturaste; no considera tu situación particular, prestaciones superiores a las de ley, contratos colectivos, incapacidades, ausencias, percepciones variables ni acuerdos individuales.

Parámetros 2026: UMA $117.31 diarios (DOF 09/01/2026, vigente desde el 1 de febrero de 2026) · Salario mínimo general $315.04 diarios (CONASAMI, desde el 1 de enero de 2026) · Impuesto Sobre Nóminas de Jalisco 3%.

Todo el cálculo ocurre en tu navegador: no guardamos ni enviamos a ningún sitio los datos que escribes.

Que un contador revise mi caso
Cómo se calcula

De dónde sale este número.

  1. 1

    En RESICO el ISR no se calcula sobre la utilidad, sino sobre el ingreso cobrado, sin restar gastos. Es lo que lo hace tan simple y también lo que hay que pensar antes de entrar.

  2. 2

    Se aplica una tasa que sube por tramos según el ingreso del mes, conforme al art. 113-E de la Ley del ISR: va del 1% al 2.5%.

  3. 3

    Solo cuentan los ingresos efectivamente COBRADOS, no los facturados. Si emitiste la factura pero todavía no te pagan, ese ingreso no entra este mes.

  4. 4

    El ingreso se toma sin IVA. El IVA es aparte y se declara por su cuenta: estar en RESICO no exime de las obligaciones de IVA.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿En RESICO puedo deducir mis gastos?

No. El impuesto se calcula sobre el ingreso cobrado, sin deducciones. A cambio, las tasas son mucho más bajas que en el régimen general. Si tienes muchos gastos deducibles, conviene comparar los dos regímenes antes de decidir.

¿Qué pasa si me paso del límite de ingresos?

Se sale del régimen y hay que tributar en el que corresponda, con reglas y tasas distintas. Es una de las razones para llevar el control mensual y no enterarse en la anual.

En RESICO, ¿también pago IVA?

Sí. RESICO es un régimen de ISR. El IVA se sigue causando, cobrando y declarando por separado según tu actividad.

Si le facturo a una empresa, ¿me retienen algo?

Sí. Las personas morales que reciben facturas de una persona física en RESICO retienen ISR, y según el servicio también puede haber retención de IVA. Lo puedes calcular en nuestra calculadora de retenciones al facturar.

¿Tu caso tiene algo especial?

Las calculadoras cubren el caso general. Prestaciones superiores a las de ley, incapacidades, sueldos variables o un contrato colectivo cambian el resultado. Si el tuyo es así, escríbenos y lo vemos.

Que lo revise un contador →