¿Cuánto me van a depositar de sueldo?
De tu sueldo bruto al dinero que llega a tu cuenta: ISR, subsidio al empleo y cuota del IMSS.
Sin registro, sin correo y sin guardar nada de lo que escribas.
Escribe tus datos arriba y el resultado aparece aquí solo.
No guardamos nada de lo que escribas.
No es asesoría fiscal, contable ni legal. Está hecha con las disposiciones vigentes a la fecha indicada y con los datos que capturaste; no considera tu situación particular, prestaciones superiores a las de ley, contratos colectivos, incapacidades, ausencias, percepciones variables ni acuerdos individuales.
Parámetros 2026: UMA $117.31 diarios (DOF 09/01/2026, vigente desde el 1 de febrero de 2026) · Salario mínimo general $315.04 diarios (CONASAMI, desde el 1 de enero de 2026) · Impuesto Sobre Nóminas de Jalisco 3%.
Todo el cálculo ocurre en tu navegador: no guardamos ni enviamos a ningún sitio los datos que escribes.
Que un contador revise mi casoCómo se calcula el sueldo neto.
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Se calcula el ISR con la tarifa mensual del art. 96 de la Ley del ISR: se busca el renglón donde cae tu sueldo, se toma su cuota fija y se le suma el porcentaje sobre lo que exceda del límite inferior.
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Se resta el subsidio al empleo, que en 2026 es el 15.02% de la UMA mensual y solo aplica si ganas hasta $11,492.66 al mes (decreto del DOF 31/12/2025). El subsidio nunca puede pasar del ISR que debes: si el impuesto es menor, se aplica solo hasta agotarlo y la diferencia no se entrega.
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Se resta tu cuota obrera del IMSS: 2.375% del salario base de cotización, más 0.40% sobre lo que exceda de tres UMA diarias (arts. 25, 106, 107, 147 y 168 de la Ley del Seguro Social).
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El salario base de cotización se integra con el mínimo de ley —15 días de aguinaldo y la prima vacacional— y tiene tope de 25 UMA (art. 28 LSS).
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Hay una excepción importante: si ganas EXACTAMENTE el salario mínimo de tu zona, no te retienen ISR (art. 96, primer párrafo de la Ley del ISR) y tu cuota obrera del IMSS la paga íntegra el patrón (art. 36 de la Ley del Seguro Social). Solo aplica si ese salario es tu único ingreso del mes: con comisiones, horas extra gravadas u otro sueldo encima, deja de aplicar.
Criterios profesionales revisados por Germán Zuazo Mendoza, contador público y fundador de Voracom Sys.
Lo que más nos preguntan sobre el sueldo neto.
Si gano el salario mínimo, ¿me pueden descontar ISR e IMSS?
No. Si en el mes solo percibes un salario mínimo general de tu área, no te hacen retención de ISR (art. 96, primer párrafo de la Ley del ISR), y tu cuota obrera del IMSS la paga íntegramente el patrón (art. 36 de la Ley del Seguro Social). En 2026 el mínimo es de $315.04 diarios en la zona general —Jalisco incluido— y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte. Tienes que recibir el bruto completo. Ojo con la palabra «únicamente»: si además cobras comisiones, horas extra gravadas o un segundo sueldo, la excepción deja de aplicar.
¿Por qué mi recibo dice otra cantidad?
Casi siempre por tres motivos: que tengas prestaciones que no son gravables (vales, fondo de ahorro), que te descuenten un crédito de Infonavit o Fonacot, o que tu empresa pague prestaciones superiores a las de ley y eso suba tu salario base de cotización. Esta calculadora hace el caso de un sueldo simple con las prestaciones mínimas.
¿Qué es el subsidio al empleo?
Un apoyo que reduce el ISR de quienes ganan poco. En 2026 son $535.65 al mes y solo aplica hasta $11,492.66 de ingreso. Ojo: si tu ISR es menor que el subsidio, no te dan la diferencia en efectivo, simplemente no pagas ISR.
Vi otra cifra de subsidio, ¿cuál es la correcta?
Circulan dos: $536.22 y $535.65. La primera está escrita en los considerandos del decreto, pero se calculó con una UMA proyectada antes de que el INEGI publicara la real. La segunda es la que resulta de aplicar el 15.02% que ordena el artículo. Usamos la del artículo. Son 57 centavos, pero preferimos calcularlo leyendo la ley.
De dónde sale cada cifra, y cómo comprobarlo.
Vigente para el ejercicio 2026 · Última revisión normativa: 29 de agosto de 2026. Los enlaces llevan al texto publicado por la autoridad, no a una copia.
Las leyes que se citan arriba
Las cifras que usa, explicadas
Otras calculadoras.
¿Es tu caso?
Te ofrecieron un sueldo y quieres saber cuánto te va a llegar de verdad al banco.
Las calculadoras cubren el caso general. Prestaciones superiores a las de ley, incapacidades, sueldos variables o un contrato colectivo cambian el resultado. Si el tuyo es así, escríbenos y lo vemos.