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Calculadora gratis · 2026

¿Cuánto es la prima vacacional?

Calcula la prima vacacional según tu antigüedad y los días de vacaciones que marca la ley.

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Esto es una estimación, no un cálculo definitivo

No es asesoría fiscal, contable ni legal. Está hecha con las disposiciones vigentes a la fecha indicada y con los datos que capturaste; no considera tu situación particular, prestaciones superiores a las de ley, contratos colectivos, incapacidades, ausencias, percepciones variables ni acuerdos individuales.

Parámetros 2026: UMA $117.31 diarios (DOF 09/01/2026, vigente desde el 1 de febrero de 2026) · Salario mínimo general $315.04 diarios (CONASAMI, desde el 1 de enero de 2026) · Impuesto Sobre Nóminas de Jalisco 3%.

Todo el cálculo ocurre en tu navegador: no guardamos ni enviamos a ningún sitio los datos que escribes.

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Cómo se calcula

De dónde sale este número.

  1. 1

    Primero se ven cuántos días de vacaciones te tocan por tu antigüedad, con la tabla del art. 76 de la LFT tras la reforma de Vacaciones Dignas, en vigor desde el 1 de enero de 2023: 12 días el primer año, 14 el segundo, 16 el tercero, 18 el cuarto y 20 el quinto. A partir de ahí suben 2 días por cada cinco años de servicio.

  2. 2

    Se calcula tu salario diario dividiendo el sueldo mensual entre 30.

  3. 3

    La prima vacacional es el 25% de lo que ganas durante esos días de vacaciones (art. 80 LFT). Es un pago aparte del salario de las vacaciones, no lo sustituye.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan.

¿Cuántos días de vacaciones me tocan?

Desde la reforma de Vacaciones Dignas, 12 días al cumplir el primer año, y suben dos por año hasta llegar a 20 en el quinto. Del sexto en adelante suben 2 días por cada cinco años: 22 días de los 6 a los 10 años, 24 de los 11 a los 15, y así.

¿La prima vacacional se paga aunque no salga de vacaciones?

Sí. El derecho a la prima nace con el derecho a las vacaciones. Si no las tomaste, sigue debiéndose, y si te vas de la empresa entra en tu finiquito.

¿El patrón puede darme más del 25%?

Sí. El 25% es el mínimo de ley. Muchas empresas pagan más por contrato o por prestación superior, y en ese caso vale lo que diga tu contrato.

¿Tu caso tiene algo especial?

Las calculadoras cubren el caso general. Prestaciones superiores a las de ley, incapacidades, sueldos variables o un contrato colectivo cambian el resultado. Si el tuyo es así, escríbenos y lo vemos.

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