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Indicador fiscal vigente

UMA 2026

Cuánto vale al día, al mes y al año, con qué se calcula y por qué en enero todavía rige la del año pasado.

$117.31diariosVigente desde el 1 de febrero de 2026
Cuánto vale

UMA de 2026, con sus equivalencias.

Mensual$3,566.22

La define la ley como la diaria por 30.4, no por los días del mes.

Anual$42,794.64

La mensual por doce, redondeando la mensual primero: así la publica el INEGI.

Cuándo cambia. La publica el INEGI en enero, con la inflación del año anterior, y rige del 1 de febrero al 31 de enero siguiente.

Qué es

Qué es la Unidad de Medida y Actualización, en corto.

La Unidad de Medida y Actualización es una referencia en pesos que usan las leyes para no tener que escribir cantidades. Cuando una ley dice que una multa es «de 20 a 100 UMA» o que el aguinaldo está exento hasta 30 UMA, se refiere a esto.

Nació con la reforma constitucional del 27 de enero de 2016 y vino a resolver un problema concreto: hasta entonces todas esas cantidades se medían en salarios mínimos, así que subir el salario mínimo encarecía automáticamente multas, créditos y trámites. Eso frenaba los aumentos. Al separar las dos cosas, el salario mínimo pudo subir sin arrastrar detrás a todo lo demás.

La calcula y la publica el INEGI, no el SAT ni la Secretaría del Trabajo. Se actualiza con la inflación del año anterior, medida con el Índice Nacional de Precios al Consumidor.

Para qué sirve

Qué se calcula con este dato.

Aguinaldo exento de ISR$3,519.30

30 UMA diarias · art. 93 fr. XIV de la Ley del ISR

Calcularlo entero →
Prima vacacional exenta de ISR$1,759.65

15 UMA diarias · art. 93 fr. XIV de la Ley del ISR

Calcularlo entero →
Tope del salario base de cotización al IMSS$2,932.75 diarios

25 UMA diarias · art. 28 de la Ley del Seguro Social

Calcularlo entero →
Cuota fija patronal de enfermedades y maternidad$23.93

20.4% de la UMA diaria, por día cotizado · art. 106 fr. I de la Ley del Seguro Social

Calcularlo entero →
Tope de las deducciones personales del año$213,973.20

5 UMA anuales, o el 15% del ingreso: lo que sea menor · art. 151, último párrafo, de la Ley del ISR

Dónde se equivoca la gente

Los cuatro errores que más vemos.

No son casos raros de manual: son los que llegan al despacho con una nómina ya pagada o una diferencia ya cobrada.

Usar la UMA nueva en enero

Es el error clásico y no avisa. El INEGI publica la UMA en enero, pero rige desde el 1 de FEBRERO: durante todo enero sigue vigente la del año anterior. Un finiquito de enero calculado con la UMA nueva sale mal, y la diferencia solo aparece cuando alguien la revisa.

Confundirla con el salario mínimo

Coincidieron exactamente en 2016 —los dos valían $73.04— y desde entonces se han separado cada año. Hoy el salario mínimo es casi el triple de la UMA. Usar uno donde va el otro cambia multas, créditos, exenciones y topes de cotización.

Calcular la UMA mensual multiplicando por 30 o por los días del mes

El valor mensual está definido como la UMA diaria por 30.4, siempre, tenga el mes los días que tenga. No es una aproximación nuestra: es como la publica el INEGI y como la usan las leyes que la citan por mes.

Cotizar al IMSS por encima del tope sin darse cuenta

El tope de 25 UMA solo alcanza al IMSS. Para una indemnización o una prima de antigüedad no existe: ahí manda la Ley Federal del Trabajo, que no tiene ese tope. Presentar el salario topado como si sirviera para las dos cosas deja corta la liquidación de un sueldo alto.

Valor histórico

UMA año por año, desde 2016.

Para recalcular un ejercicio anterior hay que usar el valor de aquel año, no el de hoy. La variación está calculada sobre el renglón de abajo.

AñoDiarioVariación
2026VIGENTE$117.31+3.7%
2025$113.14+4.2%
2024$108.57+4.7%
2023$103.74+7.8%
2022$96.22+7.4%
2021$89.62+3.2%
2020$86.88+2.8%
2019$84.49+4.8%
2018$80.60+6.8%
2017$75.49+3.4%
2016$73.04

Fuente: Valor de la UMA, serie publicada por el INEGI

Calcula con este dato

Las calculadoras que usan la UMA.

Son gratis y no piden registro. Usan exactamente la cifra de esta página, así que no pueden decir una cosa distinta.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan de la UMA.

¿Cuánto vale la UMA?

$117.31 diarios, $3,566.22 al mes y $42,794.64 al año. El valor mensual es la diaria por 30.4 y el anual, el mensual por doce: así la define y la publica el INEGI.

¿Desde cuándo rige la UMA de este año?

Desde el 1 de febrero. El INEGI la publica en enero, pero durante todo ese mes sigue rigiendo la del año anterior. Es la trampa más común con esta cifra, y afecta a cualquier cálculo de enero.

¿La UMA y el salario mínimo son lo mismo?

No, aunque en 2016 valían exactamente lo mismo. Hoy la UMA está en $117.31 diarios y el salario mínimo general en $315.04. La UMA sirve para medir obligaciones —multas, exenciones, topes—; el salario mínimo, para pagar trabajo. Se separaron en 2016 justo para que subir el sueldo no encareciera las multas.

¿Quién publica la UMA?

El INEGI, en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los diez primeros días de enero. No la fija el SAT ni la Secretaría del Trabajo, aunque las dos la usen.

¿Cuánto de mi aguinaldo está exento con la UMA?

Hasta $3,519.30, que son 30 UMA diarias (art. 93 fr. XIV de la Ley del ISR). Lo que pase de ahí sí causa impuesto, y solo por el excedente.

Fuente oficial

Quién publica esta cifra.

El enlace lleva al organismo que la publica, no a una copia.

INEGIInstituto Nacional de Estadística y Geografía, que la calcula y la publica.

Las leyes que se citan arriba

Última revisión normativa: 29 de agosto de 2026. Criterios revisados por Germán Zuazo Mendoza, contador público y fundador de Voracom Sys.

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